Bienestar laboral
Fisify
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4 June 2026
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5
min de lectura
Reforma Ley 31/1995 en 2026: los 3 cambios clave | Fisify
Episodio 01 · Análisis de la reforma

La reforma de 2026: los 3 cambios que sí te van a tocar.

Por primera vez en 30 años, el Gobierno toca en serio la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Aún es anteproyecto, pero la dirección ya está marcada: evaluaciones individualizadas, información preventiva específica del puesto y riesgos por clima. Te contamos qué cambia — y qué no.

F
Equipo Fisify
Salud laboral · Prevención B2B
21 mayo 2026 7 min · vídeo 1:50
Serie PRL · 01 BOE · pendiente
28 abril 2026 · Consejo de Ministros

Primera reforma de fondo de la LPRL en 30 años.

El anteproyecto modifica la Ley 31/1995, el ET y el RD 39/1997. Tres frentes nuevos:

  1. Evaluación individualizada: género, edad y tipo de trabajo.
  2. Información preventiva específica del puesto.
  3. Cambio climático como riesgo laboral evaluable.
Texto consolidado · vigente Anteproyecto
Episodio 01 · 1:50
En tramitación
Serie
Ley 31/1995 · Lo que no te dice.  Episodio 1 de 8. ¿Te perdiste la introducción?
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Episodio 01 · 1:50

La reforma de 2026: lo que cambia (y lo que no)

Análisis en 110 segundos del anteproyecto que el Consejo de Ministros aprobó el 28 de abril. Los tres puntos que sí te van a tocar — y la línea roja que el Gobierno no ha tocado.

Riesgos psicosociales Ergonomía Clima
El contexto · 30 años después

¿Ya sabes que han cambiado la Ley de Prevención de Riesgos Laborales? La primera vez en 30 años que la tocan en serio. Y sí, te afecta.

Ojo: todavía no está en vigor. Es un anteproyecto aprobado por el Consejo de Ministros el 28 de abril de 2026 que modifica la Ley 31/1995, el Estatuto de los Trabajadores y el Reglamento de los Servicios de Prevención (RD 39/1997). Tiene que pasar por las Cortes antes de aplicarse. Pero marca muy bien hacia dónde va la prevención.

La 31/1995 sigue siendo la ley marco. La reforma no la sustituye — la actualiza. Y precisamente ataca de frente los agujeros que llevamos 30 años arrastrando: el papel genérico, la evaluación tipo «copiar y pegar», y los riesgos que en 1995 ni existían.

La dirección está clara: prevención más individualizada, menos papel, y un marco que reconoce los riesgos que en 1995 no estaban en la conversación.

Anteproyecto · Consejo de Ministros · 28/04/2026
Vigencia
30 años
desde la Ley 31/1995. La primera reforma de fondo en tres décadas.
Salud mental
+500%
han subido las bajas por salud mental en la última década. Lo dijo Trabajo el 28 de abril.
Trámite
3 ejes
individualización, información específica y clima. Los tres frentes nuevos.
Lo que cambia · 3 puntos

Los tres cambios que sí te van a tocar

De cada artículo modificado salen decenas de letras pequeñas, pero hay tres cambios estructurales que cualquier técnico de PRL o responsable de RRHH debería tener encima de la mesa esta semana. Los desgranamos uno por uno.

Cambio 01 0:18 → 0:36
Evaluación de riesgos · art. 16

La evaluación de riesgos deja de ser genérica.

Hasta ahora valía una evaluación por puesto, copiada y pegada para todo el equipo. La reforma pide mirar también perspectiva de género, de edad y tipo de trabajo.

En otras palabras: la persona de 25 años y la de 55 ya no pueden tener el mismo plan. Misma silla, misma postura, misma carga — pero distinto cuerpo, distinta etapa vital y distintos riesgos.

«La persona de 25 años y la de 55 ya no pueden tener el mismo plan.»
Cambio 02 0:36 → 0:56
Información preventiva · art. 18

Se acabó el PDF genérico para toda la plantilla.

La información preventiva ya no puede ser un correo masivo con los riesgos generales de la empresa. Cada trabajador tiene que recibir información de los riesgos específicos de su puesto y de las medidas concretas que le aplican.

O sea: si alguien teclea ocho horas, tiene que saber qué hacer con el cuello. No qué hacer con un montacargas que no usa nunca.

«Si alguien teclea ocho horas, tiene que saber qué hacer con el cuello. No qué hacer con un montacargas que no usa nunca.»
Cambio 03 0:56 → 1:11
Cambio climático · nuevo

Entran por primera vez los riesgos por clima y meteorología extrema.

Olas de calor, frío extremo, lluvias torrenciales… El cambio climático y los fenómenos meteorológicos extremos pasan a ser parte de la evaluación de riesgos.

Si tienes plantilla en exterior — obra, logística, agro, mantenimiento — esto te cambia el plan de prevención de este verano. Y si la tienes en interior, también afecta a aforos, ventilación y horarios en olas de calor.

«Si tienes plantilla en exterior, esto te cambia el plan de prevención de este verano.»
Lo que NO cambia · la línea roja

Y una cosa que no se ha tocado

Con tres cambios estructurales encima de la mesa, lo más interesante a veces es lo que el legislador no ha querido tocar. Y aquí hay un artículo que sigue exactamente igual que en noviembre de 1995.

Artículo 14 · Derecho a la protección frente a los riesgos laborales Ley 31/1995 · texto consolidado · sin cambios

«En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.»

→ La palabra clave sigue siendo la misma: «eficaz»
Sin cambios

El artículo 14 sigue exigiendo una protección eficaz.

No documentada. No certificada. No «cumple-norma». Eficaz. Esa palabra es la que sostiene todo el edificio de la prevención en España — y la que la Inspección sigue mirando cuando hay un accidente.

Lo desarrollamos a fondo en otro episodio de la serie, pero la idea es ésta: tres cambios nuevos en la evaluación, sí. Pero el listón de fondo — proteger de verdad, no archivar papeles — no se ha movido un milímetro.

Qué hacer · hoy

Cuatro pasos para esta semana

Esto va a tardar meses en pasar por las Cortes. Pero la dirección ya está marcada: prevención más individualizada, menos papel. Si en tu empresa quieres ir adelantando, esto es lo mínimo que ya puedes mover sin esperar al BOE:

  • Auditar la evaluación de riesgos actual y marcar los puestos donde tengas misma ficha para edades, géneros o turnos muy distintos. Esos son los primeros que se quedarán cortos con la reforma.
  • Revisar la información preventiva que estás entregando: ¿es genérica para toda la plantilla, o hay versión por puesto? Si solo tienes una, ya sabes por dónde empezar.
  • Añadir el riesgo climático al plan de cara al verano. No hace falta esperar a la ley: una ola de calor con un caso de golpe de calor ya es una contingencia hoy.
  • Hacer el autodiagnóstico para ver, con datos, en cuál de los tres frentes estás más expuesto.
Autodiagnóstico PRL · gratuito

¿Cómo está tu empresa hoy en día?

Te dejamos un autodiagnóstico de 3 minutos para que sepas por dónde va tu empresa: si estás más cerca del modelo de hace 30 años o ya alineada con la reforma. Sin llamada comercial de seguimiento.

Empezar autodiagnóstico
3 minutos Confidencial · RGPD

Para terminar: ¿en tu empresa ya estáis adaptando la evaluación de riesgos a esta nueva actualización, o seguís con el modelo de hace 30 años? Cuéntanoslo en los comentarios del vídeo — leemos todas las respuestas y los casos más interesantes los traemos al Episodio 2.

FAQ · reforma 2026

Preguntas frecuentes sobre la reforma de la Ley 31/1995

Resumen de las dudas que más nos están llegando estas semanas sobre el anteproyecto aprobado el 28 de abril de 2026: vigencia, ámbito, obligaciones inmediatas y plazos.

¿La reforma está ya en vigor?

No. El 28 de abril de 2026 el Consejo de Ministros aprobó un anteproyecto de ley. Esto significa que aún tiene que pasar audiencia pública, dictamen de los órganos consultivos, aprobación como proyecto de ley y tramitación parlamentaria. La Ley 31/1995 sigue vigente tal cual hasta que se publique la reforma en el BOE.

¿Tengo que hacer algo ahora o puedo esperar?

Legalmente, hoy no estás obligado a aplicar la reforma. Pero hay dos motivos para no esperar: (1) los criterios técnicos de la Inspección y de los servicios de prevención ya están alineándose con la nueva dirección, y (2) los riesgos que la reforma reconoce — psicosociales, ergonómicos, climáticos — ya son contingencias hoy si se materializan. Adelantarte reduce exposición y reduce absentismo.

¿Qué significa exactamente «perspectiva de género y edad» en la evaluación de riesgos?

Significa que la evaluación tiene que reconocer que el mismo puesto puede generar distintos riesgos según el perfil de la persona que lo ocupa. Por ejemplo: cargas musculoesqueléticas, riesgos ergonómicos, exposición a químicos durante el embarazo, o adaptación de pausas y ritmos según etapa vital. No es una evaluación nueva — es una capa adicional sobre la que ya tienes.

¿Qué cambia para los autónomos?

La reforma amplía expresamente el ámbito de la coordinación de actividades empresariales a autónomos coordinados con empresas principales. Si subcontratas o coordinas con autónomos en tu actividad, tendrás obligaciones adicionales de información preventiva específica del puesto. El detalle fino dependerá del texto definitivo.

¿Y los riesgos psicosociales? ¿Pasan a ser obligatorios?

La evaluación de riesgos psicosociales ya era obligatoria desde 1997 vía el RD 39/1997 — el problema es que casi nadie la hacía bien. La reforma refuerza explícitamente los riesgos psicosociales y amplía la definición de daño laboral a lo mental, cognitivo, conductual, social y emocional. Es decir: deja de ser «opcional en la práctica» y pasa a ser exigible con el mismo rigor que un riesgo físico.

¿Cuándo se aprobará definitivamente?

Plazo realista: entre 8 y 18 meses desde la aprobación del anteproyecto, según la velocidad de la tramitación parlamentaria. Es probable que se publique a lo largo de 2027, con un periodo transitorio de adaptación de entre 6 y 12 meses. Lo iremos contando en próximos episodios de la serie.

¿Hay un episodio dedicado a salud mental en el trabajo?

Sí — el Episodio 5 («Cuando el dolor "no es del trabajo"») entra de lleno en la frontera entre contingencia común y profesional, donde caen muchas de las bajas por salud mental. Puedes apuntarte a la newsletter para que te llegue al email.

La serie completa

¿Quieres ver todos los episodios?

Esto es el Episodio 1 de la serie sobre la Ley 31/1995. El recorrido completo — del espejismo del papel a cómo medir la eficacia real de tu plan de PRL — está en el inicio de la serie.

Ver todos los episodios

Referencias y normativa

  1. Anteproyecto de Ley de modificación de la LPRL · 28/04/2026 Consejo de Ministros. Modifica la Ley 31/1995, el Estatuto de los Trabajadores y el RD 39/1997. Incorpora riesgos psicosociales, ergonómicos y por cambio climático, perspectiva de género y edad, y amplía la definición de daño laboral. Pendiente de tramitación parlamentaria. mites.gob.es · 04/2026
  2. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales Texto consolidado vigente (artículos 14, 16, 18). Boletín Oficial del Estado. BOE-A-1995-24292 · boe.es
  3. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero Reglamento de los Servicios de Prevención. Régimen de la evaluación de riesgos y planificación preventiva — afectado por el anteproyecto. BOE-A-1997-1853
  4. Real Decreto Legislativo 2/2015 · Estatuto de los Trabajadores Texto refundido. Afectado por el anteproyecto en lo relativo a información preventiva específica del puesto. BOE-A-2015-11430
  5. Bajas laborales por salud mental · serie 2014-2024 Ministerio de Trabajo y Economía Social. Cifras citadas en la rueda de prensa del Consejo de Ministros de 28/04/2026. mites.gob.es
  6. Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027 INSST · Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Antecedente directo de varios de los ejes de la reforma. insst.es
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